Intereses de demora abusivos en los prestamos personales

jueves, 10 de diciembre de 2015



Intereses demora


INTERESES DE DEMORA ABUSIVOS EN LOS PRÉSTAMOS PERSONALES
DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO. SENTENCIA DE 22 DE ABRIL DE 2015

El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el carácter abusivo de los intereses de demora en los contratos de préstamo sin garantía hipotecaria, celebrados con consumidores.

La sentencia, que desestima sustancialmente los recursos de la entidad bancaria prestamista, resuelve, con base en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y declara que:

En los préstamos personales, sin garantía hipotecaria, concertados por consumidores, es abusiva la condición general que establece un interés de demora que supere en más de dos puntos porcentuales el interés remuneratorio. La consecuencia de esta declaración de abusividad consiste en que el préstamo devengará exclusivamente el interés remuneratorio, eliminando completamente el incremento porcentual en que consiste el interés de demora abusivo”.

Esto es, habría que recalcular los intereses de demora, a un tipo que no supere en dos puntos a los intereses remuneratorios.

En la misma sentencia, declara que, en los contratos bancarios concertados con consumidores, se presume que las cláusulas constituyen condiciones generales de la contratación, susceptibles de control de abusividad, salvo que se pruebe cumplidamente la existencia de negociación y las contrapartidas que, en ella, obtuvo el consumidor.

Finalmente, considera que la abusividad de una cláusula no negociada individualmente en un contrato celebrado con consumidores (la mayoría, ya que los contratos de préstamo suelen ser contratos de adhesión, en los que las cláusulas viene prefijadas por la entidad bancaria) es apreciable de oficio, cuando se resuelve un recurso de apelación, y que las consecuencias de la nulidad provocada por el carácter abusivo de la cláusula, en los términos que se derivan de la jurisprudencia comunitaria y nacional, han de ser aplicadas de oficio por los tribunales.

Enlazo varios videos al respecto






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